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Vivienda > Alquiler, ayudas y bolsas > Preguntas más frecuentes
Preguntas más frecuentes
He pagado un dinero a una agencia de alquiler de pisos y cuando contacto con los propietarios me dicen que no son para alquilar, o bien ya están alquilados. ¿Qué puedo hacer?

Negociar con la empresa un acuerdo para la devolución del dinero abonado. En el caso de que eso no fuera posible, exigir la devolución del dinero con la presentación de una solicitud de mediación y/o arbitraje en la Junta Arbitral de Consumo más próxima a su domicilio. También hay que presentar una denuncia en el organismo competente a fin de que se sancione esta empresa y evitar que pueda engañar a otras personas.

Hace dos años firmé el contrato de alquiler y ahora el propietario me quiere hacer repercutir en el contrato de alquiler unas obras de rehabilitación de la fachada. ¿Puede hacerlo?

Las obras de reparación que se hagan en el edificio no pueden repercutir durante los cinco primeros años en el contrato de alquiler.

He firmado el contrato de alquiler por un año, aunque el propietario me ha dicho que podré estar cinco años. ¿Es cierto?

La duración del contrato es la pactada. No obstante, los contratos que se firmen por una duración inferior a cinco años pueden ser prorrogados hasta los cinco años por el arrendatario, y el propietario no se puede oponer.