La solicitud de arbitraje se formaliza ante la Junta Arbitral de Consumo de Barcelona
- personalmente ante la Junta Arbitral
- a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)
- desde esta página web
Se da traslado de la reclamación a la parte reclamada
Una vez aceptado el arbitraje, se designa el Colegio Arbitral, formado por 3 árbitros
- 1 representante de los consumidores
- 1 representante del sector empresarial implicado
- 1 presidente del Colegio Arbitral nombrado por la Administración
Se da audiencia a las partes y se acuerda la práctica de pruebas, si es necesario
El procedimiento finaliza en un laudo dictado por el Colegio Arbitral de obligado cumplimiento para ambas partes
De no aceptar el arbitraje la parte reclamada, se procederá al archivo del expediente arbitral, quedando expedita la vía judicial ordinaria