El artículo 13 establece que la Administración municipal facilitará por medios electrónicos, y como mínimo a través de la página web del Ayuntamiento, información sobre:
- Su organización y sus competencias
- Los servicios que tiene encomendados o asumidos
- Los procedimientos administrativos que tramitan, precisando los requisitos esenciales, y los plazos de resolución y notificación, así como el sentido del silencio
- Los datos de localización, como por ejemplo la dirección postal, el teléfono y el correo electrónico

