Ordenanza de la Administración electrónica

Capítulo segundo. Derechos y deberes

Reconocimiento de los derechos y los deberes de los ciudadanos y las ciudadanas

El artículo 4 de la Ordenanza reconoce a los ciudadanos un conjunto de derechos en el marco del acceso y la utilización de la Administración electrónica municipal.

El artículo 5 de la Ordenanza contiene el listado de los deberes o las condiciones del uso responsable de la Administración electrónica por parte de los ciudadanos.

Establecimiento de las obligaciones y de las garantías de la administración municipal en lo que concierne al uso de las TIC

La Ordenanza concreta, en el ámbito de las relaciones administrativas, algunas de las previsiones de la Declaración institucional de adhesión a la Carta Europea de Derechos de los Ciudadanos en la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

Glosario de la Ordenanza

Consulte los conceptos fundamentales de la Ordenanza reguladora de Administración electrónica